Más allá de la edad, las patologías previas o el estado de salud, la COVID-19 hace pocas distinciones. Afecta a banqueros, médicos, futbolistas, políticos, actores, camareros, etc. Los empleados por cuenta propia no representan una excepción en este sentido, ya que muchos de estos profesionales se han infectado. También los hay que, por haber estado en contacto con personas contagiadas, se encuentran a la espera de dar negativo en la pertinente prueba médica. De verse en cualquiera de los dos escenarios, ¿qué debe hacer un autónomo que ha dado positivo en coronavirus o que está confinado por la pandemia?
La COVID-19, accidente de trabajo
“Con la finalidad de evitar la propagación de la enfermedad y mantener la protección social de los trabajadores por cuenta propia o ajena, se incluye que los periodos de aislamiento o contagio de las personas trabajadoras como consecuencia del virus COVID-19 tendrán la consideración de situación asimilada a accidente de trabajo a efectos de la prestación económica por incapacidad temporal del sistema de la Seguridad Social”. Así queda calificado el coronavirus en el Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública. Es decir, que, desde un punto de vista legal, la baja por coronavirus es un accidente de trabajo.
Pasos para que el autónomo infectado se dé de baja
Llegado a una tesitura en la que el profesional, bien ha dado positivo, bien se ve obligado a guardar confinamiento, debe realizar las siguientes gestiones:
- Antes de dar un paso en falso, lo primero es comprobar las instrucciones dadas por las autoridades sanitarias según la comunidad autónoma de residencia, así como llamar al teléfono correspondiente en cada zona para informarse.
- Si el empleado por cuenta propia da positivo en coronavirus, la tramitación de la baja debe hacerse a través del médico de cabecera, que siempre es el encargado tanto de esa tarea como del alta en los casos de enfermedad común. Como es lógico, el contacto debe ser preferiblemente por teléfono, correo electrónico u otro medio de comunicación en remoto.
- Estando ya de baja de baja, el autónomo debe solicitar el pago directo de la prestación por incapacidad temporal a la mutua con la que opere.
Cuánto cobra el autónomo de baja por la COVID-19
Los profesionales por cuenta propia de baja laboral propiciada por el coronavirus -contagiados o confinados por seguridad- cobran el 75% de su base de cotización, frente al 65% que tocaría si fuese una enfermedad. En dinero contante y sonante, significa unos 708 euros al mes para aquellos autónomos que cotizan por la base mínima, que son la mayoría en este colectivo laboral.
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